JUBILACION DOCENTE


Premio Jubilatorio
a Estatales y Docentes de la Provincia de Bs.AS
Reconocimiento del Premio Jubilatorio
Recientemente fue sancionada la Ley 14.196 que estableció el pago del Premio Jubilatorio suspendido durante la vigencia de la emergencia administrativa, económica y financiera del Estado Provincial - en el caso alcanza al período comprendido entre el 1º de abril de 2002 y el 30 de junio de 2005-. A la espera del Decreto que reglamente la ley, el IPS ultima los detalles para efectivizar el pago.
Adelantos para tener en cuenta:
• La solicitud se hará con un formulario que será provisto por el IPS. 
• No deberá presentarse documento adicional alguna al formulario, excepto en los casos en que el beneficiario hubiere fallecido, para que los familiares acrediten el vínculo.
• La recepción del formulario de solicitud se hará exclusivamente en el IPS, en oficinas destinadas para este fin específico -a confirmar- y en los CAP del interior.
• El formulario estará disponible próximamente en el sitio web oficial y en todos los Centros de Atención Previsional de la provincia.
• Se contemplará, según se desprende de la ley, a aquellos que se jubilaron bajo el régimen de las leyes 10.430, 10.328, 10.384, 10.579, 12.268 entre el 1º de abril de 2002 y el 30 de junio de 2005, ambas fechas incluídas.
• Oportunamente se informará la fecha de inicio del Operativo de pago, que debe ser posterior a la reglamentación de la ley.